martes, 29 de marzo de 2011

PERSPECTIVA TEORICA HISTORICISTA

A través de la historia se nos ha mostrado todo el proceso que conlleva una instauración de paz y bienestar social, de modo que este proceso se encuentra dividido entre dos tiempos de acción. El primero de ellos es a corto plazo donde el hombre manifiesta sus inquietudes y a largo plazo cuando estas mismas manifestaciones se unen bajo un documento que puntualice todas estas aseveraciones, proceso mismo que sintetiza la herencia colectiva. 
Para sintetizar este proceso se tienen planteados una serie de puntos a observar que permiten de alguna manera entender este proceso:

1.    Teoría de la soberanía: según el jurista alemán George Jellinek y su teoría de la autolimitación del estado nos dice que la  “soberanía” tiene una autolimitación en cuanto al poder del estado, si bien esta es la máxima capacidad o poder que existe en una sociedad para tomar decisiones el estado solo tiene el carácter jurídico como institución. La soberanía misma ha sufrido una serie de transformaciones durante el transcurso del tiempo de manera que originalmente se asentó en un monarca, actualmente existen instituciones que regulan los derechos y obligaciones de los hombres a manera que esta se lleve a cabo voluntariamente y no por la violencia, de tal forma que pueda traer beneficios tanto al gobernante como a los gobernados. El concepto de soberanía tiene que ir vinculado con el Estado y con la voluntad misma de ejercer derechos de manera que todas las personas son soberanas en cuanto al ejercicio de sus derechos humanos en pie de igualdad. Para poder llevar a cabo este proceso se tiene que dar legitimidad a  los  derechos que se tienen, para que posteriormente una institución pueda hacerlos cumplir, institución que se encargara de regular y sancionar a los que incurran en alguna falta, que estén bajo su mismo territorio.

Este tipo de leyes y derechos van de la mano con el proceso histórico que ha tenido la soberanía, el poder, el gobierno y el hombre a lo largo del tiempo ya que como anteriormente se había mencionado el poder lo tenían primeramente los Reyes en ese momento los soberanos que eran los encargados de regular la paz en sus pueblos, concepción medieval que ha ido cambiando gracias a todos los acontecimientos suscitados en la historia.
2.    La tradición pactista: esta se da en la edad media para habilitar el pacto entre el monarca y los súbditos, de ahí surgen instituciones como el parlamento cuya relación con el gobierno es uno de los encargados de hacer cumplir las leyes aunque de manera limitada. En algunos países actualmente se tiene un gobierno mixto, ya sea una monarquía o una republica ellos cuentan con un jefe de gobierno y con un jefe de estado los cuales cada uno tiene limitadas sus actividades.

Debido a esto se tiene en consideración que para una vida pacifica se tiene que llegar a un mutuo acuerdo entre estas dos facciones, las cuales se asocian con la nación.  Un ejemplo de ellos es la elaboración de la Carta Magna de Inglaterra donde se mencionan todos los puntos que han llevada a este país a lo que es hoy en día.
Para más información de la carta magna consultar:
Por:
MARISOL VICENCIO FLORES

LA DECLARACIÓN DE VIRGINIA
El surgimiento de la noción de derechos humanos corresponde a diversos procesos sociales que buscaban cambiar la realidad en la que se estaba inmerso: la esclavitud y la desigualdad económica/ social fueron factores que pretendían erradicarse de las sociedades para garantizar una vida digna y feliz a todos los seres humanos. Sin embargo, dicho planteamiento correspondió al modelo de vida burgués europeo y norteamericano, que pretendía ser difundido a toda la humanidad, por considerarse que así debía funcionar el mundo. La declaración de derechos humanos fue incluida dentro de la Constitución norteamericana, siendo el modelo a seguir en los países latinoamericanos: las libertades civiles y políticas se catalogaron como “garantías individuales”.
Actualmente, este modelo de vida promovido por la declaración de los Derechos Humanos de 1948, rige el comportamiento de las sociedades contemporáneas, promoviendo la democracia, la libertad y la igualdad de oportunidades para todos. Se pretende hacer extensivo a las sociedades orientales cuyo modelo de vida no corresponde al nuestro, en donde la “violación a los derechos humanos” es una constante para nuestra cultura... mas no para la oriental.
Ahora bien. La declaración de Virginia (1776), presenta una visión dual de los humanos, son individuos y son seres sociales. El pertenecer a una sociedad les ha impuesto derechos y obligaciones que deben cumplir para poder alcanzar la felicidad, el bienestar promovido por los diversos pensadores de la Ilustración.
Retomo un punto esencial: la democracia como forma de gobierno, la representatividad de los diversos sectores que componían  la sociedad (exceptuando a los esclavos y a las mujeres), la soberanía radicaría en el pueblo. El liberalismo del siglo XVIII sentó las bases para que los derechos, antes concebidos como naturales e inherentes al ser humano, fueran ahora garantía de que el individuo no sería trasgredido de ninguna manera, otorgándole derechos civiles y políticos que le otorgaran la facultad de alcanzar una vida digna.
El liberalismo, no sólo se entiende en el sentido político y jurídico sino también en el económico. Las escuelas de pensamiento económico (esencialmente la fisiócrata) sostenían que la propiedad privada debería ser una garantía para incrementar la productividad y generar excedentes que permitieran alcanzar un crecimiento económico, lo que redundaría en bienestar para todos los individuos, asignándoles lo que les correspondía en función de la calidad y cantidad de trabajo realizado.
Pero qué clase sociedad es la que hace la propuesta y qué clase de individuos se desea formar?
La respuesta es clara. Una sociedad en donde la libertad y la igualdad (jurídica) fueran el eje rector que determinara la vida que cada ciudadano debería tener; ya no se trata sólo de súbitos que están por debajo de una jerarquía social, sino son ciudadanos, que gozan de derechos y obligaciones que permitirán, mediante la adecuada articulación de la sociedad, encaminar a la nación a un estado de bienestar, de crecimiento, de progreso, de civilización, medido en términos económicos. Es el antecedente de una sociedad capitalista que busca optimizar la producción
El poder sería para el pueblo, y de éste emanaría la soberanía, domesticando el poder. Pero también se fundaría en la legalidad, se otorgaría seguridad jurídica a los ciudadanos (aunque había restricciones) y el acceso al poder sólo sería para quienes cumplieran los requisitos y tuvieran la capacidad para ello. Se comienza a evidenciar la creación del estado, cimentado en el derecho.
Y esta declaración, fue el modelo de garantías individuales plasmado en las constituciones de los emergentes Estados Nacionales, reproduciendo las condiciones liberales de pensamiento, lo que condujo al surgimiento de un modelo de pensamiento hegemónico (occidental) que nos dice qué hacer, cómo hacerlo y para qué hacerlo… mas no por qué debe hacerse así.
Diana Alejandra Castañeda Pérez

lunes, 28 de marzo de 2011

DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS.

Declaración Universal de los Derechos Humanos  (10 de Diciembre de 1948).
Esta declaración inicia tras el comienzo de la revolución francesa, sus principales ideas de esta declaración son: libertad,  igualdad y respeto a la propiedad esto llevado a un conjunto de artículos donde están sometidos los hombres en su vida social mediante normas con un conjunto de derechos y libertades.
Esta declaración busco una igualdad de justicia igualdad de oportunidades igualdad de dignidad sin discriminación, es por eso que la declaración universal de los derechos humanos el concepto francés de derechos naturales se convirtió en derechos humanos en resumen algunas personas tenian con surte algunos derechos hasta que una de estas personas decidió que otras personas deberían tener algunos derechos pero algunas personas no estuvieron de acuerdo y solo costo unos cuantos millones de años de lucha hasta que se aceptara que los derechos humanos deberían ser para todos acepto por un pequeño problema si la gente tiene el derecho a alimentarse y cobijo por que millones de niños están muriendo de hambre, si la gente tiene libertad de expresión porque millones están prisión,  por que mas de mil millones de adultos son incapaces de leer, si la esclavitud.
El hecho cuando se firmo la declaración universal de los derechos humanos no tenía la fuerza de la ley era opcional y a pesar de muchos documentos tratados, conversiones y leyes solo eran más por palabras en papel.
¿Quien hará que esas palabras sean una realidad?
Te dio la bienvenida al nacer estuvo ahí en tus primeros pasos con tu primer error con tu primer beso está contigo cuando ganas cuando pierdes cuando te vuelves a levantar en cada momento la puedes sentir ¡la vida!
Articulo 3.
Todo individuo tiene derecho a la vida a la libertad y a la seguridad de su persona.
Estos son tus derechos humanos son 30 te pertenecen a ti no tienes que comprarlos, ni solicitarlos ni pedir permiso para tenerlos.
Son sencillamente tuyos sin importar quien seas, de donde seas, que edad tengas ni nada mas, es así de simple.
Ahora, alguna gente puede intentar ignorar tus derechos o violarlos o fingir que no existen.
Pero no pueden cambiar el hecho que sean tuyos.
Derecho Humano N° 30: “Nadie puede arrebatarte tus derechos humanos”.
Por:Honorio Pedral Florentino

Declaracion Universal de Derechos Humanos.

DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.
(10 de Diciembre de 1948)
Esta declaración inicia tras la victoria de la revolución francesa, esta revolución se organiza por el desajuste social y las diferencias entre las clases sociales, la economía que llevo al aumento de impuestos; por otra parte también se ve la influencia de otras revoluciones y las ideas liberales de atores como Voltaire y Montesquieu.


El artículo que es de mi interés es él:

¿Puedes distinguir cuál de estos niños nació sin libertad?
¿Puedes distinguir cuál de estos niños nació sin igualdad?

¿Puedes distinguir cuál de estos niños no merece ser tratado con dignidad?
ARTICULO 1.
CUANDO NACEN LOS SERES HUMANOS SON LIBRES Y CADA UNO DEBE SER TRATADO EQUITATIVAMENTE, TODOS TIENES RAZON Y CONCIENCIA Y DEBEN  COMPORTARSE AMISTOSAMENTE LOS UNOS CON LOS OTROS.
“La libertad es el gran espejo mágico donde toda la creación pura y cristiana se refleja; en ella se abisman los espíritus tiernos y las formas de naturaleza entera”
Novalis (1772-1801) Friedrich  Hardenberg. Poeta y filosofo alemán.
Por:Maria de Lourdes Camacho Aguilar.

sábado, 26 de marzo de 2011

Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)

Esta declaración abraca las diferentes perspectivas que son la axiológica, naturalista, positivista e histórica, debido a que dentro de los derechos y obligaciones que se establecen tienen gran relación con estas perspectivas. Sin embargo podemos encontrar artículos los cuales no se puedan encasillar dentro de ninguna de estas perspectivas, pero que de igual manera por el modo en el cual se encuentran redactadas se pueden encajar en alguna de ellas. Esto en relación a que cada uno de sus artículos van encaminados a diferentes tipos de derechos que al mismo  tiempo representan obligaciones.
La declaración está hecha para cualquier individuo que habite sobre la faz de la tierra, por el simple hecho de pertenecer al género hombre, dentro de esta declaración se pretende que cualquier individuo tenga o adquiera estos derechos establecidos en la declaración y que a su vez se sienta protegido para cuando este realice diversas actividades en caminadas a su beneficio.
Se plantea a una sociedad en donde no haya ningún tipo de discriminación en donde todos somos iguales; y así mismo se debe de llevar a cabo la aplicación de esta declaración. Y que como su nombre lo dice es universal para el nombre, así es que ningún hombre puede quedar fuera de la aplicación de la declaración. Sin embargo esta declaración se debe de ajustar a la normatividad de cada país al que pertenecen cada uno de los individuos. Siendo así un instructivo de lo que un ser humano puede y debe de hacer dentro de una sociedad.
La sociedad que nos propone este tipo de declaración es una sociedad intelectual perteneciente a la clase dominante, redactando de esta manera la declaración con fin de que la sociedad dominada se sienta protegida y apoyada por la sociedad dominante. Si bien es cierto que esta declaración permite realizar actos en beneficio propio, pero también plantea limitantes a las cuales los seres humanos se deben de ajustar.
Si se realiza una clasificación de cada uno de los artículos plasmados en la declaración nos encontramos que se encuentran dentro del derecho natural y del derecho positivo, lo cual nos enmarca que no solo obedecen a asuntos de carácter natural sino también a asuntos de carácter jurídico, que es en esta parte dentro de la cual el ser humano encuentra ese sentido de protección.

María de la Cruz Solano López

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

COMENTARIO DE LA DECLARACIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE 1948.
Hay cuatro perspectivas en las que se acepta que el hombre tiene derechos que son: Axiológica, Histórica, Naturalista y Positivista. Cada una de estas argumenta diferentes motivos por los que el hombre adquirió derechos. Pero en general en todas se acepta que el hombre tiene derechos.
Desde la perspectiva Axiológica se le atribuye la adquisición de derechos al motivo de que el hombre sea un ser moral la cual se basa en un principio de solidaridad, desde la perspectiva Histórica argumenta que los derechos tienen su origen en a la evolución histórica de la sociedad, desde la perspectiva Naturalista se le atribuye a su naturaleza y porque Dios se los otorga, estos son inalienables, incondicionales, y universales, y por ultimo desde la perspectiva Positivista argumenta que el hombre tiene derechos porque la ley se los otorga.
A partir  de esto el hombre igual se ha dado a la tarea en varias ocasiones de crear tratados y/o declaraciones para dar a conocer cuáles son los derechos que tiene él mismo y para proteger la aplicación y ejercicio de los derechos en la sociedad, ya que cada una de las declaraciones  va respondiendo a un contexto, a algunas les hacía falta tratar algunos aspectos que en ese momento no estaban presentes por lo que se requería una nueva para que abarcara todas lasa necesidades restantes.
Una de ellas es la Declaración Universal de Derechos Humanos, la cual surgió a  finales de la segunda guerra mundial en el 10 de diciembre de 1948, creada dentro de la ONU, a partir de la asamblea general, la cual se baso teóricamente en la corriente teórica positivista y el pensamiento occidental, ya que acababa de pasar la segunda guerra mundial y los países que quedaron como vencedores (E.U., Inglaterra y Francia, principalmente) querían que el resto del mundo acatara las leyes que a ellos les parecían las adecuadas para que una sociedad funcionara de una manera apropiada, y también para frenar el avance del socialismo, dándole a conocer a la sociedad a lo que tiene derecho, y si en algún momento un país no quisiera obedecerlos, imponiendo un nuevo régimen los inconformes pudieran  pedir apoyo a los aliados para que se les respetaran sus derechos(Actualmente el caso de Libia). Declarar es manifestarse, en el caso de declarar derechos, puede darse por la inconformidad que se tiene en una sociedad, por lo que es necesario buscar nuevos derechos que apacigüen el descontento que se ha generado. El Estado a lo largo de la historia se ha negado en ocasiones a este cambio ya que muchas de estas variaciones no le son de conveniencia y se niegan a complacer al pueblo, para que se logre esto es necesario hacer el uso de estrategias que ayuden a cambiar la opinión del Estado que tienen hostigado al pueblo, una de estas estrategias a la que se recurre para lograr el tan anhelado cambio es por medio de la fuerza.
Al utilizar esta causan revueltas dentro del Estado, por lo que este responde de la misma forma, y es que no permite que se den alteraciones en su forma de gobernar.
Cuando se logra derrocar al Estado, es cuando se logra alcanzar el objetivo, proclamar los derechos por los cuales se ha luchado. Tenemos diversos ejemplos acerca de estos, por mencionar solo algunos, la declaración de independencia de los Estados Unidos Americanos y la de México. En ambas se muestra la inconformidad que se tiene en la sociedad y se plasma la manifestación de las soluciones para este descontento. A parte de la inconformidad, se muestra la unión que se tiene en los seres humanos.
Cada una de estas declaraciones corresponde a un status quo, y de acuerdo a esto su finalidad o derechos que expongan van a ser diferentes, en esta en especifico la sociedad que la creo, su fin último era proteger los derechos del hombre, de el mismo, pues como dice Thomas Hobbes “El hombre es el lobo del hombre”, las declaraciones anteriores no se habían respetado y generaron desigualdades, de los que más recursos tenían hacia los “pobres”, se  proponía que esta fuera aceptada por todas las sociedades, el único problema es que no todas ellas obedecen al mismo contexto cultural en su momento, y su ejercicio va a depender del tipo de gobierno en turno.
Iván Garduño Martínez.                                                            Luis Alberto Malvaez Rojas.

PERSPECTIVA AXIOLOGICA.

Derecho axiológico
DERECHO: Orden normativo o institucional de las conductas humanas en sociedad inspirado en postulados de justicia cuya base son las relaciones sociales existentes que terminan su contenido y carácter entonces el derecho es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permite resolver los conflictos interpersonales.
AXIOLOGIA: Estudio de la naturaleza de los valores y los juicios valorativos tanto aquellos valores negativos como positivos.
Nos dice que la perspectiva axiológica es un valor creado en el curso de las relaciones sociales y  no la de seres humanos individuales ya que estas relaciones sociales son interrelacionadas de acuerdo a las concepciones del mundo que predomina en dicha situación histórica siendo objeto de interrelaciones éticas.
La postura axiológica está referida o basada en el comportamiento humano, el cual va a servir de referencia para establecer las condiciones objetivas que van hacer reguladas en lo social.
Por lo tanto no se puede hacer justicia si no se respeta el principio general de las normas que no es mas que la aplicación en general de las mismas a todos los ciudadanos cuando este principio no se cumple se está haciendo caso omiso al principio de  legalidad debido que la valoración jurídica practica esta basada en criterios preestablecidos y su justificación jurídica esta dada por una necesidad social.
La justicia y la legalidad es un principio en el cual los seres de una misma categoría deben ser tratados de la misma manera debido a que la justicia aparece como una virtud racional que se opone a la conducta irregular de nuestros actos manifestadas en reglas, normas y valores y estos aceptados por la sociedad.
Hecho por: Maria de Lourdes Camacho Aguilar.
Honorio Pedral Florentino.