sábado, 1 de octubre de 2011



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UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO DE MÉXICO
FACULTAD DE ANTROPOLOGIA
LICENCIADO EN ANTROPOLOGIA SOCIAL
OPTATIVA:
DERECHOS HUMANOS
 TEMA:
ANALISIS DE LA PERSPECTIVA NATURALISTA DE LOS DERECHOS HUMANOS.
ALUMNO: ROXANA IVVET ALVARADO HUERTA
 VIERNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2011
                                                           







                                                                                          
Esta perspectiva la retomo por ser desde mi punto de vista no solo la primera de las otras perspectivas, sino en función de la importancia de sus análisis por ser la base del entendimiento de los derechos humanos actualmente, apoyándome de la obra de Rousseau “Contrato social” y lo visto en clase.
En este sentido uno del los principales cuestionamientos que realizaba esta perspectiva era ¿Por qué el ser humano tiene derechos? Pues al ser la religión en ese momento quien permeaba la parte divina de la creación entonces las propuestas que se hacían era respecto  a la libertad del hombre por el hecho de haber nacido en un estado de naturaleza y que por lo tanto la cultura iba en contra de lo que por naturaleza le pertenecía al hombre y la sociedad te mantenía encadenado a las leyes que estaban establecidas y que vista desde esta perspectiva el hecho de tener leyes y normas que establezca la sociedad es “contra-natura”.
“El hombre ha nacido libre y sin embargo por todas partes se encuentra encadenado” (ROUSSEAU 1999:14) Sosteniendo que “la única forma legítima para que el hombre pueda ser restringido de su libertad  es la convivencia” (optativa D.H.: 20-08-011) Esta cita textual me parece relevante puesto que nos hace alusión a que no solo somos individuos pues pertenecemos a un colectivo, en el que visto como un organismo lo que afecta a una parte afecta a todo y por lo tanto no se pueden tomar decisiones ni comportamientos solo desde la conveniencia personal, porque el pertenecer a la sociedad para subsistir se forma una relación reciproca entre individuos que es uno de los factores necesarios para comprender la libertad y la libertad de los demás.


Entonces se presenta otro cuestionamiento que presenta la perspectiva naturalista:
¿Cómo hacer que el individuo tenga todas sus opciones sin que se los arrebaten?
 
 





Entonces si la familia como lo aborda Rousseau, fue un primer  modelo de las sociedades políticas al crear una constitución que contiene leyes y de esa forma derechos que se legitiman al ser parte de las normas sociales fijadas mediante una diferenciación de lo bueno y lo malo en la que conviene una asociación que une a todos los integrantes que de cierta forma tienen la necesidad de resolver primordialmente una necesidad básica.
Y asumir una jerarquización  de acuerdo a las capacidades que cada parte desarrolla en el grupo, “el padre” como “jefe” y los ojos como “el pueblo” nacidos todos iguales y libres; pero al final con derechos y deberes que tiene respecto al rol que desempeñan. Tomando como ejemplo la analogía que se menciona anteriormente y vista de forma diacrónica se podría decir ver, como la cuestión de poder solo ha tenido connotaciones distintas y como ejemplo la “fuerza” en su concepto general, entendido como la imposición  de alguien por encima de ti.
Al respecto Rousseau en el capítulo III de su obra del “Contrato social” dice: “El más fuerte no es nunca bastante fuerte para ser siempre el señor; si no transforma su fuerza en derecho y la obediencia en poder” esta cita me conduce a pensar como históricamente  esta relación de poder- obediencia que ha generado sistemas e instituciones que parten de la creación de cultura; que son creadas y superadas por la sociedad al nivel de quedar como parte de un derecho que permea la vida del hombre, aunque los hombres mueran, excepto cuando se realizan modificaciones que aprueba el grupo.
En este sentido el “Contrato social” busca “Encontrar una forma de asociación que defienda y proteja con la fuerza común la persona y los bienes de cada asociado, y por la cual cada uno, uniéndose a todos, no obedezca sino a sí mismo y permanezca tan libre como antes” (clase D.H: 20-08-011) porque se supone que lo que pretende es encontrar si en el orden civil puede haber alguna regla de administración legitima y segura que proteja a los individuos.
La importancia de este autor en la época a la que pertenece, es que el enfoque que presenta se pudiera tomar hasta como revolucionario en el sentido de poder haber sido una lectura hasta prohibida para el público en general; siendo estos textos claros ejemplos  acerca de la toma de conciencia en la forma que la religión mantenía sometida a las masas que en este caso sería el “pueblo” y tratar de dar una explicación distinta, al sentido  que se tiene, como ser humano libre por naturaleza y con un sentido de pertenencia de todo, puesto que la propiedad no se tiene conciencia en esta perspectiva naturalista.






CONCLUSION
Me parece que la perspectiva naturalista al igual que las otras tres (Positivista, Axiológica e Histórica) son  primordiales para la comprensión de los derechos que tenemos actualmente, pues nos dan cuenta del proceso de transformaciones que ha tenido y los factores que influyeron para la generación de nuevas propuestas que protejan y que han sido reconocidos por los otros.

Trabajos citados

Jaques, Rousseau Jean (1999), Contrato social, España, Boreal.
Optativa Derechos Humanos, sábado 20 de Agosto de 2011

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