miércoles, 30 de noviembre de 2011

Caso a Manera de Denuncia - Personas en Situación de Calle en la Cuidad de Toluca

Personas en Situación de calle.
Toluca Estado de México, Noviembre de 2011.

En esta  IV unidad se ha seleccionado la temática que concierne a la defensa de los derechos humanos de las personas en situación de calle, sobre todo un caso  que desde hace ya varios  meses nos llama la atención. Desde la perspectiva de la exclusión social y violación de los derechos humanos  se muestra una serie de controversias que son producto de las miradas con las que se suele enfrentar este fenómeno. También se elaboran algunas propuestas para un mejor  empleo de nuestros derechos humanos, así como una alternativa de  exhortación  hacia  las autoridades  municipales,  estatales y federales que nos representan para hacer valer nuestros derechos.


Contexto:
Es una tarde de invierno  en una de las principales avenidas de  la ciudad de  Toluca. Otro mundo se presenta ante nuestra mirada. Pareciera ser otra ciudad, otras personas, otros actos. No es la multitud con paso apresurado las que se pueden observar bajo un puente vehicular. Algunos caminan, otros se abrigan intentando protegerse de la lluvia, del frío o de las miradas. Es la imagen del extremo, el margen, pero un margen ubicado en el centro, curiosamente en el centro de una de las principales avenidas de la ciudad de Toluca, a unas cuadras de los principales edificios públicos.
En nuestro país, la temática de las personas que viven en las calles no ha sido tema de interés para nuestras autoridades, para  los medios de comunicación, y menos para gran parte de la sociedad. Hoy día aunque se puede observar este fenómeno simplemente con  pasar  sobre esta avenida, parece ser  que no existe una  luminosidad para  las autoridades y para el resto de la sociedad.


“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios..." (Declaración Universal de Derechos Humanos 1948: Articulo 25).
La presencia de personas habitando en las calles en condiciones tan severas de pobreza y exclusión social, sin acceso a los mínimos medios  de subsistencia que debieran ser garantía de ciudadanía, demuestra que estos derechos son prácticamente ajenos a un importante grupo de personas no solo en esta ciudad sino en  todo el mundo. Esto se hace más evidente en el hecho de que existen decenas de tratados, declaraciones, convenciones y convenios firmados por los estados de la ONU, que proclaman la vivienda y el contar con un hogar como derecho humano fundamental. Todas las constituciones incluyen en su base los derechos relacionados con un nivel de vida adecuado.


La falta de información en el mundo sobre este fenómeno dificulta el acercamiento. No existe claridad ni acuerdo sobre su denominación, frecuencia ni características. No es posible establecer cantidades exactas. Sin embargo, más allá de los números existen personas que viven en condiciones infrahumanas. Pero, ¿son necesarios datos precisos para declarar su intranquilidad?
¿La situación de calle es una decisión personal? :
Es una de las cuestiones que presenta mayor controversia producida al momento de pensar en los motivos que tiene una persona para encontrarse en situación de calle. Todos los seres humanos resolvemos muchos aspectos de nuestra existencia, sea cual sea nuestra condición y edad, pero decidir es un privilegio que no todas las personas pueden tener. Sólo se elige cuando tenemos a nuestra disposición variadas oportunidades (laborales, educacionales, habitacionales), discriminamos entre ellas y elegimos. Pero  cabe mencionar que en México no todos tenemos las mismas oportunidades.



Alternativas
• Medidas Legales:
Transitar desde la idea de humanidad y entrega de servicios hacia una mirada de justicia y acceso a sus derechos exige, entre otras cosas, un tratamiento normativo. Es cierto que un cambio cultural no se ejerce por fuerza de ley, sin embargo, medidas jurídicas colaboran sustancialmente en evitar atropellos, prevenir abusos y regular los dispositivos ya existentes para esta población en nuestro país.
• Reflexión para la Acción:
Es fundamental aumentar el conocimiento sobre las personas en situación de calle. Urge realizar investigaciones que culminen en intervenciones eficaces. Ante una población tan heterogénea, cambiante y vulnerable como son las personas en situación de calle, se requiere incrementar la capacidad creativa, flexibilizar las acciones, e involucrar en este proceso al Estado y Sociedad en su conjunto.
• Un Lugar para Vivir:
Abordar fuertemente la temática de vivienda debe ser una de las prioridades. Incrementar acceso a los programas de vivienda, así como innovar en este campo, son algunas de las medidas necesarias, ya que cada vez la tierra y la vivienda constituyen derechos difíciles de alcanzar.
• Tolerancia:
Probablemente, un importante número de personas, producto de sus particulares y significativas situaciones de vida, decida continuar viviendo en condiciones de calle. Esta situación debe hacernos reflexionar acerca de cuáles son los espacios que, como sociedad, estamos dispuestos a brindar a personas que presentan una existencia diferente a la nuestra. La actitud de respeto y el deseo de transformar una relación, son el paso inicial para construir vínculos -personales e institucionales- con las personas más abandonadas y marginadas, es decir, generar mayor inclusión social.


Cynthia Pineda Montaño
Marcos Daniel Morales Aguila


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