martes, 29 de marzo de 2011

DECLARACION AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE
IX CONFERENCIA INTERNACIONAL AMERICANA, BOGOTA COLOMBIA 1948


Esta declaración sin duda alguna marcó un hito en la historia, puesto que fue redactada después de conflictos bélicos a nivel mundial y la constante preocupación por la sociedad global de que volviesen a ocurrir este tipo de eventos en un futuro.

La presente declaración fue redactada en Colombia en la ciudad de Bogotá en el año de 1948, con el propósito de los recursos necesarios y suficientes para acceder a una mejor calidad de vida. Es por eso mismo que desde el preámbulo nos menciona que todos los hombres nacen libres e iguales, pero con  derechos que serán adquiridos al ser miembros de una sociedad en donde estos exaltan la libertad con la que nacemos pero los deberes expresan la dignidad de esa libertad.

Al ser miembros de una sociedad tenemos una carga cultural predominante por lo cual esta tiene base en acepción moral, que  permita a su vez regular esa libertad, de modo que se ve a la cultura como la máxima expresión social e histórica del espíritu, espíritu que yo traduciría en la libertad misma, la voluntad y la identidad de cada individuo perteneciente a una sociedad.

Está compuesta por 38 artículos de los cuales los primeros 28 nos hablan de los derechos y el resto se refiere a los deberes; es importante mencionar que a diferencia de otras declaraciones esta tiene artículos en los cuales se expresa el derecho tener una familia, a la protección de esta, los beneficios que la cultura trae consigo, a una nacionalidad, a la asociación y al asilo. Probablemente en otras declaraciones se hayan tocado estos puntos de manera superficial en cambio en esta se hace la puntualización de cada uno de estos derechos.

Sin embargo  al ser miembros de una sociedad trae consigo una serie de deberes que en el caso del presente documento nos habla primero sobre su deber de servir a la sociedad que es la de interrelacionarse de manera que puedan convivir y desenvolverse dentro de ello, segundo el de los hijos con sus padres  que derivan en el cuidado de estos últimos cuando ya no puedan hacerlo por si solos, el de instrucción, el de sufragio que se refiere a la libre elección de representantes, el de obediencia a la ley que es aquí donde sede su propia voluntad en aras de un bien común, el de servir a la comunidad y a la nación, el de asistencia y seguridad social, el de pagar impuestos este articulo es importante puesto que es el primero que lo menciona como deber y que supuestamente será utilizado para los servicios públicos, el del trabajo que paso de ser un derecho a ser un deber de manera que pueda subsistir  y además retribuirle a la sociedad lo que ha invertido en él durante su formación y por ultimo pero no menos importante de abstenecerse de actividades políticas en país extranjero de manera que este no intervenga de manera activa dentro de las actividades de otro país que no le garantice su propia seguridad y a la cual ya ha cedió su voluntad y por lo tanto acatado una ley.

Para ver la declaración completa consultar: http://www.tlahui.com/daddhe.htm y la página de la CIDH http://www.cidh.org/basicos/Basicos1.htm

POR: MARISOL VICENCIO FLORES

1 comentario:

  1. Creo que pudo ser más profundo el análisis. Esto se queda en la parte informativa, pero no va a lo interpretativo.

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