viernes, 25 de marzo de 2011

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO


DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS
DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO


Establecida en Francia en el año de 1789, consta de 17 artículos en los cuales podemos percibir una influencia mínima de la perspectiva naturalista y en su mayoría positivista.


Esta declaración pretende que el hombre pueda expresarse y vivir de forma libre haciendo valer sus derechos evitando violar los de otras personas, ya que de lo contrario la ley será la encargada de corregir la conducta que expresen los individuos poniendo en practica  sanciones que ayuden a enmendar el daño realizado a la sociedad.

  Para ello la ley prohibirá aquellas acciones que perjudiquen la integridad de la sociedad absteniéndose de influir en el pensamiento y comportamiento de cualquier sujeto.

En este sentido será necesario aplicar la moral y aquellos principios éticos que la sociedad ha depositados en todos y cada uno de nosotros con el fin de respetar a las personas que viven a nuestro alrededor. 


 En esta declaración se busca la separación de poderes tal y como lo menciona Montesquieu en su libro el Espíritu De Las Leyes publicado en el año de 1748 41 años antes de que se publicara esta declaración  considerando que  “es imprescindible la separación de poderes… Esta separación de los tres poderes ha sido asumida y aplicada por todos los gobiernos democráticos”




 
De esta forma se pretende evitar el abuso del poder y caer en un estado tirano en donde el poder sea absoluto para un solo sector.

Esta declaración pretende forjar una sociedad racional en donde los hombres estén dispuestos a perder parte de su libertad con el fin de obtener otros beneficios de carácter individual o colectivo como lo es la búsqueda de la felicidad en el cual todos somos iguales ante la ley.
 
A manera de conclusión creemos que todas las declaraciones que ha hecho el hombre a lo largo de su historia reflejan las necesidades que se tenían en determinado tiempo, considerando que se han visto influenciadas entre si de tal modo que se han retomado aspectos de una para incluirlos en otras,  puliendo errores para que de esta manera los derechos sean precisos y desencadene la identidad de los individuos.




Por:
GERARDO JONATHAN CAPILLA MEJIA
LUIS ANGEL SOTO DE ANDA

No hay comentarios:

Publicar un comentario